Area de Sanidad y Control Sanitario
Ministerio de Salud
El Ministerio de Salud es la autoridad de salud a nivel nacional que para fines de cumplimiento de sus
funciones y objetivos cuenta con órganos de línea técnico normativo a través de los cuales actúa. En
materia sanitaria y de inocuidad de los alimentos, lo hace a través de la Dirección Regional de Salud
Ambiental (DIGESA) que a su vez ejerce dicha función a través de la Dirección de Higiene Alimentaria
y Zoonosis (DHAZ) quien es responsable de conducir el Sistema Integrado de Inocuidad de los Alimentos
en el marco de sus competencias, la vigilancia sanitaria de los alimentos elaborados industrialmente
de los elaborados por servicio de alimentos a los pasajeros en los medios de transporte a la
alimentación colectiva, a la alimentación diferida, la alimentación en hospitales y de los aditivos
alimentarios.
La autoridad de nivel nacional podrá delegar, encargar o transferir, según corresponda la vigilancia
sanitaria a las dependencias desconcentradas del Ministerio de Salud o a las Direcciones regionales
de Salud o a las que haga sus veces a nivel regional (Autoridades de Salud de nivel regional)
Número de Contacto
La vigilancia sanitaria de transporte de alimentos, asi como la vigilancia de los establecimientos de
elaboración, comercialización y expendio de alimentos con excepción de los establecimientos bajo
competencia del Ministerio de Salud, están a cargo de las Municipalidades en ejercicio de su función
como autoridad sanitaria local.
Corresponde a estas entidades la vigilancia sanitaria de la elaboración y expendio de alimentos en
la vía y espacios públicos.
De conformidad con la Norma correspondiente del Ministerio del Ministerio de Salud, las municipalidades
informarán periódicamente sobre las acciones implementadas para el cumplimiento de sus funciones de
vigilancia sanitaria y están sujetas a su vigilancia.
Vigilancia Sanitaria
La Vigilancia Sanitaria está a cargo de la Autoridad Sanitaria Municipal conforme a lo establecido en el
Artículo 2 de la presente norma sanitaria; para lo cual se efectuarán inspecciones sanitarias inopinadas
y de ser el caso, se realizará una toma de muestras de alimentos, bebidas y superficies para determinar
los criterios mircrobiológicos de Higiene e Inocuidad.
Campo de Acción de Fiscalización
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Restaurantes
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Cevicherias
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Juguerias
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Carnicerías
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Distribuidoras de abarrotes por mayor y menor
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Comedores y/o cafetín de los centros educativos
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Distribuidores de alimentos de primera necesidad
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Almacenes y/o proveedores de caliwarma y desayunos escolares
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Mercados y Mercadillos
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Hoteles y/o Hospedajes
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Peluquerias
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Tópicos, clínicas y/o Centros Médicos
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Boticas
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Pollerías
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Fuente de Soda
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Heladerías
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Avícolas
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Recreos
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Panaderías
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Pizzerías
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Fruterpias
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Chifas
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Cafeterías
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Bodegas
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Molinos